Tanto la EMA como la ESCOP aprueban el uso tradicional del fruto para tratar la sintomatología de espasmos menores debidos a la menstruación, distensión abdominal, flatulencias y espasmos gastrointestinales. También aprueban su uso como expectorante en tos asociada a resfriados.
En el caso del aceite esencial su uso como expectorante está aprobado por ambas instituciones pero solamente la ESCOP aprueba su uso tradicional como tratamiento sintomático de los espasmos gastrointestinales leves, distensión abdominal y flatulencias.
Estas indicaciones están aprobadas también por la Comisión E.
Tradicionalmente se ha utilizado para el tratamiento de los dolores abdominales, la artritis, el cólico del lactante, la conjuntivitis, el estreñimiento, la diarrea, la fiebre, la gastritis, el colon irritable, el dolor de hígado, la úlcera bucal…